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¿Para qué empresas es obligatorio el Plan de Igualdad?

El Plan de Igualdad es obligatorio en empresas con una plantilla superior a 50. Toda organización está obligada a registrar su Plan de Igualdad.

El Decreto-Ley 6/2019 dictamina que a partir de 50 trabajadores/as, las compañías están obligadas a implementar un Plan de Igualdad. El cual requiere de sus correspondientes Fases de implementación.

El Decreto-Ley 6/2019 dictamina que a partir de 50 personas en plantilla, las compañías están obligadas a implementar un Plan de Igualdad. El cual requiere de sus correspondientes Fases de implementación.

Plan de Igualdad para cada CIF

Inspección de Trabajo aplica el artículo 45.2 de Ley Orgánica de Igualdad referido a “empresas”, por lo que obliga a implementar un Plan de Igualdad para cada CIF, independientemente del número de centros de trabajo de la organización.

Es preciso que el Plan de Igualdad se implemente con sentido común y hecho, por y para profesionales de recursos humanos y relaciones laborales. CNI Consultoría también puede informarte en materia de Ayudas y subvenciones.

No es cubrir la ley. Es integrarlo, que aporte valor y evite problemas – CNI Consultoría

Plazos del Plan de Igualdad para Empresas

Fechas para Empresas con personal entre 150 y 250.

Fecha: El 7 de marzo de 2020, deberán registrar el Plan de Igualdad todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.

Fechas para Compañías con personal entre 100 y 150.

Fecha: El 7 de marzo de 2021, deberán registrar el Plan las compañías de entre 100 y 150 personas en plantilla.

Fechas para Organizaciones con personal entre 50 y 100.

Fecha: El 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de entre 50 a 100 personas en plantilla.

Registro de Planes de Igualdad Empresas Obligatorio

Corresponde al Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, adscrito a la Dirección General de Trabajo como autoridad laboral competente y a los actos inscribibles previstos de ámbito estatal o supraautonómico de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas que disponen de un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas.

Todas las Empresas con más de 50 personas en plantilla están obligadas a incorporar su Plan de Igualdad al registro, debidamente cumplimentado, antes de su fecha límite correspondiente.